Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos

AUTORIDADES PROVINCIALES DE APLICACIÓN DE LA LEY N° 26.331 Y LEYES PROVINCIALES



La Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para Bosques Nativos Nº 26.331 establece que cada Provincia deberá realizar el Ordenamiento de los Bosques Nativos existentes en su territorio de acuerdo a los criterios de sustentabilidad establecidos en dicha ley, estableciendo las diferentes categorías de conservación en función del valor ambiental de las distintas unidades de bosque nativo y de los servicios ambientales que éstos presten.
Por su parte, la Ley Nº 26.432 de Prórroga y Reforma de la Ley Nº 25.080 sustituye el artículo 4º de la Ley 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados, por el siguiente:

Articulo 4º.- Entiéndase por bosque implantado o cultivado a los efectos de esta ley, el obtenido mediante siembra o plantación de especies maderables nativas y/o exóticas adaptadas ecológicamente al sitio, con fines principalmente comerciales o industriales, en tierras que, por sus condiciones naturales, ubicación y aptitud sean susceptibles de forestación o reforestación según lo indicado en el ordenamiento territorial de Bosques Nativos  adoptados por Ley Provincial según lo establecido en la Ley N° 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para Bosques Nativos.
Esta definición de bosque implantado determina que los emprendimientos de plantación y/o enriquecimiento de bosque nativo, presentados desde el año 2010 en adelante sólo podrán obtener los beneficios previstos por la Ley Nº 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados, modificada por su similar Nº 26.432, en aquellas Provincias que hubieran dictado sus respectivas Leyes de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos.

El siguiente cuadro ha sido realizado en base a la vinculación expuesta precedentemente entre Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para Bosques Nativos Nº 26.331 y la Ley de Inversiones para Bosques Cultivados Nº 25.080, cuya prórroga y reforma es la Ley Nº 26.432.
Este cuadro proporciona la información correspondiente a las leyes de Ordenamiento Territorial provinciales, fechas de vigencia, Autoridades de Aplicación e información de contacto. Las provincias con asterisco (*) no poseen ley en vigencia. La Provincia de Tierra del Fuego no está adherida a la Ley Nº 25.080.







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